martes, 18 de mayo de 2010

El Procedimiento Arbitral Nacional e Internacional Modelo


Objetivo de esta entrada: Que el alumno conozca en forma abreviada y sinóptica, el procedimiento de arbitraje "modelo" a fin de poder implementarlo a nivel nacional e internacional, independientemente de cualquier reglamento institucional, ley modelo o código de procedimientos.

En lecciones anteriores hemos revisado diversos procedimientos arbitrales ante diversas instancias nacionales tales como la PROFECO y la CONDUSEF. Paralelamente a estos procedimientos específicos, existen Convenciones Internacionales, leyes y reglamentos propios de cada país y normas internacionales y leyes modelo producto de la autonomía de la voluntad que regulan el arbitraje, ejemplo de éstas últimas son el reglamento de la Cámara de Comercio Internacional de París (CCI) o el de la Asociación Americana de Arbitraje (AAA) o la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas de Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI o UNCITRAL, por sus siglas en inglés) y su reglamento respectivo, por mencionar sólo algunos.

En México, además de las instancias arbitrales analizadas en apuntes anteriores, se cuenta con el Capítulo Mexicano de la Cámara Internacional de Comercio (CAMECIC) o el Centro de Arbitraje México (CAM). También existen numerosas leyes y reglamentos estatales orientados al desarrollo de los MASC, con características propias.

No es difícil que ante tantas instancias, convenciones y demás leyes internacionales resulte confuso para el estudiante, prima facie, buscar la solución de una controversia por medio del arbitraje.

No obstante, como resultado de una investigación al respecto, se han podido encontrar puntos de coincidencia en diversos procedimientos arbitrales analizados, lo cual permite proponer un procedimiento arbitral "modelo" en materia de arbitraje nacional e internacional, pues las diferencias que existen entre los conocidos, únicamente radican - dice Francisco Gorjón - en que unos son más rigurosos que otros en atención a su tradición jurídica o a la influencia de alguna escuela doctrinal que le imprimieron sus creadores o autores(1).

Estudiaremos el procedimiento aludido a través de los cuadros sinópticos mostrados en esta entrada del blog, toma en cuenta, sin embargo, que deberás complementarlos con las notas de clase y las explicaciones del docente.



Fundamentación Jurídica del Arbitraje Comercial en México.

La regulación jurídica del arbitraje comercial internacional, vigente hoy en México, se localiza en instrumentos jurídicos diversos, tanto nacionales como internacionales. Las fuentes primarias o básicas del derecho del arbitraje en México son tres. Observa el siguiente diagrama.



Cuadro 1 - Fundamentación Jurídica del Arbitraje en México (elaborado por Lic. Juan Angel Aguilar Manjarrez a partir de SILVA Silva, Jorge Alberto. Arbitraje Comercial Internacional en México.)



El Acuerdo de Arbitraje, Cláusula Compromisoria y Compromiso Arbitral

La solución de cualquier controversia por medio del arbitraje tanto en materia civil como comercial, nacional o internacional, presupone la celebración de un acuerdo de voluntades de las partes. Partiendo de este acuerdo, se genera el acuerdo de arbitraje, considerado por muchos tratadistas como un verdadero contrato.

De acuerdo a la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Comercial Internacional (o UNCITRAL, por sus siglas en inglés):

“El acuerdo de arbitraje es un acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje todas las controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica, contractual o no contractual. El acuerdo de arbitraje podrá adoptar la forma de una cláusula compromisoria incluida en un contrato, o la forma de un acuerdo independiente”.

A continuación, cláusulas modelo que pueden ser insertadas en un contrato:


Clases de Acuerdo de Arbitraje


De acuerdo al momento en que se concreta, el acuerdo arbitral puede ser:

• Preliminar. Es el acuerdo que suscriben las partes antes del surgimiento del litigio, a través de lo que se conoce como cláusula compromisoria. Ésta clausula no es el contrato, sino parte del contrato.

• Definitivo, es el acuerdo de arbitraje que firman las partes para resolver una controversia presente. En este caso el acuerdo toma el nombre de compromiso arbitral. Puede hacerse constar en un documento independiente.


Elementos del Acuerdo de Arbitraje

Como todo contrato, el acuerdo arbitral (ya sea pactado en cláusula compromisoria o en compromiso arbitral), debe de cumplir con los elementos de existencia y de validez para tener plena eficacia.

Observa el siguiente cuadro sinóptico, el cual describe aspectos importantes de lo que se ha tratado en este apartado:



Cuadro 2 - El Acuerdo Arbitral: sus clases y elementos (creado por Lic. Juan Angel Aguilar Manjarrrez, a partir de Silva, Silva, Jorge Alberto, Arbitraje Comercial Internacional en México.)



Debido a que existen materias que jamás podrán ser sometidas a un procedimiento arbitral (v gr. en México ocurre esto con el divorcio), las partes que establecen un compromiso arbitral, deberán de tomarlo en cuenta, pues de no hacerlo así, difícilmente se podrá exigir la ejecución del laudo respectivo.

En el cuadro 2 pueden observarse algunos ejemplos de materias que en México no es posible someter al arbitraje. En este sentido, el arbitraje que comprometa su objeto, motivo o fin en materias no arbitrables, lógicamente estará afectado de nulidad por obvias razones.



Competencia Exclusiva y Arbitraje

El cuadro 3 complementa al cuadro 2, mostrando la competencia exclusiva fijada por las leyes mexicanas a distintos órganos del Estado, incluyendo a los jurisdiccionales para efectos de que se tenga plena conciencia de los casos que pueden ser comprometidos o no en arbitraje en razón tanto de la competencia de dichos órganos, como por la materia sobre la cual ejercen éstos su jurisdicción.

En otras palabras, el derecho a recibir alimentos, los divorcios, las acciones de nulidad de matrimonio, el estado civil de las personas, lo relativo a los actos de autoridad o atinentes al régimen interno del Estado y sus dependencias y las de los demás Estados de la Federación, etc., no pueden ser objeto de arbitraje, pues la decisión sobre las controversias surgidas en dichas materias es competencia exclusiva de los órganos de Estado llamados Tribunales y no de los tribunales arbitrales.

Por otra parte, en el mismo Cuadro 3, se habla de competencia jurisdiccional exclusiva al país. Esto significa que aún cuando la materia sea de exclusiva del país, ésta puede compartirse por los tribunales nacionales del poder judicial y los tribunales arbitrales; es decir, resulta exclusiva para el país (ningún otro país podrá resolver asuntos de esta categoría) pero concurrente o compartida entre los tribunales del Estado y los arbitrales del mismo territorio.




Cuadro 3 - Competencia exclusiva y arbitraje. (elaborado por Lic. Juan Angel Aguilar Manjarrez a partir de SILVA Silva, Jorge Alberto. Arbitraje Comercial Internacional en México).



Fases del Procedimiento Arbitral

El procedimiento arbitral puede variar según el reglamento a seguir, pues ello depende de la voluntad de las partes, pero en la seriación de los actos procesales según Jorge Alberto Silva, se respetan indubitablemente en cuatro fases:




Cuadro 4 - Fases del Procedimiento Arbitral. (fuente: SILVA Silva, Jorge Alberto. Arbitraje Comercial Internacional en México.



Desarrollo del Procedimiento Arbitral Modelo en Estricto Sentido

Conociendo ya las fases en lato sensu, pasamos al estudio del desarrollo del procedimiento arbitral en estricto sentido en un sencilo cuadro.




Cuadro 5 - Modelo de Procedimiento Arbitral. (elaborado por Lic. Juan Angel Aguilar Manjarrez)



Glosario

Ex aequo et bono. (Latín: de acuerdo con lo correcto y lo bueno, o desde la equidad y la conciencia) es un término legal en latín que en el contexto de los juicios, alude al poder de los jueces o árbitros de dar una solución a un caso particular utilizando la legislación que consideran más justa y apropiada para dicho caso, sólo si las partes lo aceptan voluntariamente.

Laudo. Fallo que pronuncian los árbitros o los amigables componedores en los asuntos a ellos sometidos voluntariamente por las partes, y que poseen fuerza ejecutiva de sentencia firme, una vez consentidos o agotados los recursos de que son susceptibles, de pasar en autoridad de cosa juzgada como los fallos de los tribunales ordinarios.

Litis: Pleito, causa, juicio, lite.

Excusa. Es la conducta del juzgador por la que, en acatamiento de un deber de abstención, se estima impedido para conocer de un asunto concreto, por estar afectada su parcialidad (v. gr. un árbitro no podrá intervenir con ese carácter cuando una de las partes del negocio fuere su familiar).

Recusación. Bajo este concepto se entiende poner tacha legítima al juez, al oficial, al perito, que con carácter público (o privado, en el caso de los árbitros) interviene en un procedimiento o juicio, para que no actúe en él.



Bibliografía

• Apuntes de la Materia de Arbitraje Nacional e Internacional. Aguilar Manjarrez Juan Angel. Universidad del Valle de México. Campus Texcoco. México. 2010.
• BRAVO Peralta, Martín Virgilio. El Arbitraje Comercial Económico en México
SILVA Silva, Jorge Alberto. Arbitraje Comercial Internacional en México. Oxford University Press. México. 2001. ISBN: 970-613-468-9.
• GORJON Gómez, Francisco Javier. Métodos Alternativos de Solución de Conflictos. Ed. Oxford. México. 2008.
• PINA, Rafael de. Diccionario de derecho, México, Porrúa, 1987.



Fuentes de Consulta en Internet

http://www.bibliojuridica.org/ - Biblioteca Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídica.
http://www.wikipedia.com/ - Enciclopedia Temática en línea.
http://www.rae.es/ - Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española.
http://www.jurisint.org/doc/html/reg/es/2003/2003jireges13.html - Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional.
http://www.camex.com.mx - Centro de Arbitraje México
http://www.jurisint.org/es/index.html - Base de datos para juristas sobre derecho mercantil internacional.
http://www.ccmexico.com.mx/ - Cámara de Comercio de la Ciudad de México.
http://www.oas.org/dil/esp/secretaria_asuntos_juridicos.htm - Secretaría de Asuntos Jurídicos de la OEA.


(1) SILVA Silva, Jorge Alberto. Arbitraje Comercial Internacional en México. Oxford University Press. México. 2001. ISBN: 970-613-468-9.